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10 Nov 2006
Actualidad (zona pública) Resolución de 13 de octubre de 2006, de la Secretaría de Estado de Justicia

Se publica en el BOE de hoy la Resolución que sirve de título a esta noticia (que puede consultarse aquí).

En virtud de la misma se conceden subvenciones, en cuantía elevada, a las distintas Asociaciones de Jueces y Fiscales. Con anterioridad, en fecha reciente, a través de Resolución semejante, se concedieron subvenciones a las Asociaciones Profesionales de Secretarios Judiciales.

Se trata éste de un asunto en el que la Asociación de Abogados del Estado viene manifiestando reiteradamente al Ministerio el injustificado trato diferenciado que sufre con respecto a estos otros dos colectivos de profesionales del Derecho, al no recibir subvención alguna, tal y como pasamos a exponer:

En un comienzo, el Ministerio señaló que las subvenciones se concedían a los colectivos de Jueces y Fiscales, habida cuenta que ellos no podían, por imperativo legal, sindicarse. Los Secretarios Judiciales, sin embargo, no tienen esta limitación, pudiendo sindicarse libremente y sí son empero acreedores de las subvenciones del Ministerio.

Además resulta que, en un segundo momento, el Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales señaló que las Asociaciones Profesionales de Funcionarios son organizaciones semejantes a los Sindicatos y, desde luego, cuentan con los mismos derechos que éstos, sin que sea causa válida de exclusión, a nuestro juicio, que unos colectivos se puedan sindicar y otros no.

De esta forma, los argumentos en su día esgrimidos por el Ministerio han quedado sin sustento alguno pero, una vez más, a través del BOE, contemplamos esta diferencia de trato.



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